En situaciones especiales, donde la madre no esté con la capacidad cognitiva o jurídica para consentir el procedimiento de terminación del embarazo, se tomará en consideración la voluntad del cónyuge, la pareja actual, el padre del niño o un acompañante de su confianza mayor de edad, según la nueva norma técnica.
Padre del niño tendrá voz en caso de…
En situaciones especiales, donde la madre no esté con la capacidad cognitiva o jurídica para consentir el procedimiento de terminación del embarazo, se tomará en consideración la voluntad del cónyuge, la pareja actual, el padre del niño o un acompañante de su confianza mayor de edad, según la nueva norma técnica.